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Confirma TEEM validez de elección en Jungapeo, Maravatío y Contepec

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Morelia, Michoacán a 06 de julio de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en Sesión Pública remota confirmó los resultados consignados en el acta de computó municipal, así como la declaración de validez de la misma y el otorgamiento de las constancias de mayoría de los municipios de Jungapeo, Maravatío y Contepec


Lo anterior, aconteció al resolver los medios de impugnación TEEM-JDC-266/2021, TEEM-JIN-035/2021, TEEM-JIN-036/2021 y TEEM-JIN-167/2021 Acumulados, promovidos por quienes se ostentaron como candidatos, así como por el Partido de la Revolución Democrática, en contra de la elección del Ayuntamiento de Jungapeo, Michoacán, en los cuales el Pleno determinó primeramente declarar la nulidad de la votación recibida en la casilla 793 contigua 01, de la elección de Jungapeo, Michoacán, en razón de que el tercer escrutador no se encuentra facultado por la norma para recibir la votación, pues no consta en la lista nominal de la sección ni en el encarte, sin embargo, y dado que, aún con la nulidad de la votación recibida en la casilla antes mencionada, la planilla ganadora encabezada por Norma Angélica Yáñez Sierra sigue siendo la postulada por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Michoacán” MORENA-PT, finalmente confirmó los resultados de la elección referida.


Lo mismo sucedió, al resolver los medios de impugnación TEEM-JDC-273/2021, TEEM-JIN-090/2021 y TEEM-JIN-091/2021 Acumulados, promovidos por una ciudadana y los Partidos Políticos MORENA y Redes Sociales Progresistas para controvertir la elección del Ayuntamiento de Maravatío, Michoacán, en los cuales la ponencia instructora propuso al Pleno declarar la nulidad de la votación recibida en las casillas 908 C1 y 912 C2, en relación a la elección de Presidente Municipal de Maravatío, Michoacán, dado que, algunas de las personas que se desempeñaron como funcionarios, no se encuentran inscritos en la lista nominal de la casilla o sección respectiva, lo que dio como resultado la modificación del acta de cómputo municipal, sin que ello generara un cambio de ganador o en la designación de regidores por representación proporcional, razón por la cual se confirmó dicha elección en la que resultó vencedor José Jaime Hinojosa Campa de la alianza denominada “Equipo por Michoacán” integrada por los partidos PRD-PRI-PAN


Respecto a la elección del Ayuntamiento de Contepec en la que se impuso Enrique Velázquez Orozco del PRI, impugnada por una ciudadana y los Partidos del Trabajo y MORENA en los medios de impugnación TEEM-JDC-268/2021, TEEM-JIN-083/2021 y TEEM-JIN-084/2021 Acumulados, la misma fue confirmada al resultar inatendibles, infundados e inoperantes los agravios esgrimidos por los actores, sin embargo, se dejaron a salvo los derechos, respecto de la causal de nulidad relacionada con el tema de rebase de tope en gastos de campaña, para que, de considerarlo procedente, acuda a defender jurídicamente sus intereses en la vía y forma que resulte procedente.

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